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COVID-19 y vacunación


El sábado 9 de enero el juzgado de guardia de Santiago de Compostela dictó la primera sentencia que obligaba a una anciana incapacitada que vive en una residencia a vacunarse contra el covid-19 en contra de la decisión de su hijo, que no autorizaba la administración de dicha vacuna.

 

El siguiente caso de estas características se ha dado en Sevilla, el 15 de enero. El Juzgado de Primera Instancia número 17 de Sevilla dictó un auto en el que autorizaba al servicio médico – sanitario a suministrar la vacuna contra el coronavirus a una mujer de 86 años, incapacitada, tras la negativa de su hijo.

 

El ordenamiento jurídico español autoriza a un juez a dictar sentencia sobre la administración de un tratamiento aunque el paciente, o su tutor legal, se niegue, aunque siempre estamos ante su aplicación solo se permite en casos de excepcionalidad.

 

Existe disparidad de opiniones sobre la posible legalidad o constitucionalidad de obligar a una vacunación generalizada. En el seno de la empresa la cuestión también es discutida, no parece que las empresas puedan obligar a vacunarse a su personal, ya que podría suponer la lesión de derechos fundamentales, lo que no impide que se pudieran tomar determinadas medidas como el cambio de puesto de trabajo. Otras medidas como el despido por la no vacunación podrían determinar la calificación de nulo del despido con readmisión del trabajador.