Sánchez de Lamadrid & Pastoril
ABOGADOS LABORALISTAS

CUESTIONES PRÁCTICAS

LABORAL

¿Puedo firmar una carta de despido?

Sí, es solo un recibí no significa que estás de acuerdo con su contenido. No obstante, lo mejor es firmar, poner la fecha y la coletilla "no conforme". Ello no quiere decir que se vaya  a reclamar pero tampoco lo impide.

¿Puedo firmar un finiquito?

El finiquito suele llevar una renuncia a reclamar contra la empresa, por lo que es mejor no firmarlo, salvo que estés seguro que no vas a reclamar. Una vez firmado no tiene vuelta atrás.

¿Me puede el empresario reducir la jornada o el salario?

Si eres un trabajador a tiempo completo el empresario por su sola voluntad no puede reducir la jornada, ya que sería convertir el contrato en a tiempo parcial. Para que el empresario pueda reducir el salario necesita hacer un procedimiento especial que requiere que se den determinadas causas y requisitos para llegar a esa disminución. Cualquier disminución de jornada y/o salario puede ser recurrida en el plazo de veinte días.

¿Se puede dejar de trabajar si el empresario no paga el salario?

No, hay un procedimiento, si se deja de trabajar unilateralmente equivale al abandono o dimisión. El trabajador puede pedir la extinción de su contrato por vía judicial.

¿Me pueden extinguir un contrato temporal si llevo mucho tiempo en el mismo puesto aunque con distintas empresas o contratos distintos?

Si un trabajador lleva mucho tiempo trabajando en el mismo puesto para una o varias empresas, con diversos contratos, es muy posible que el contrato este en fraude de ley y sea trabajador indefinido, en ese caso aunque aparentemente se proceda como una terminación de un contrato temporal sería despido y tendría derecho a la indemnización por despido improcedente.

SEGURIDAD SOCIAL

 

 ¿Puedo reclamar contra el alta médica emitida por el médico de cabecera, mutua o inspección médica?

Sí, hay unos formularios en los propios organismos y el plazo es de once días. Si la Administración no contesta en el plazo de siete días deberá interponerse demanda en el plazo de veinte días. Hay que tener en cuenta que se deben cumplir dos requisitos no estar curado y no poder trabajar, si no hay cura completa pero se puede trabajar entonces no hay causa para reclamar.

¿Puedo reclamar si no me reconocen una invalidez y no puedo trabajar?

Sí, debe hacerse en el plazo de treinta días mediante reclamación previa y después demanda.